Calendario de plazos

Última actualización: enero 2024

Calendario general de obligaciones y plazos de rendición

INFORMACION A REMITIRFECHA LÍMITE

ENTIDADES LOCALES (AYUNTAMIENTOS Y CABILDOS)

MEDIO DE REMISIÓN: PORTAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS
Relación anual de contratos formalizados en el ejercicio precedente Hasta el último día del mes de febrero
Relación anual de convenios celebrados en el ejercicio precedente
Remisión anual de la información en materia de control interno Antes del 30 de abril del siguiente ejercicio
Rendición de la Cuenta General Antes del 15 de octubre del siguiente ejercicio
Extractos del expediente de los contratos cuyos precio de adjudicación, o en su caso, el valor estimado, superen las cuantías previstas en el artículo 335.1 de la LCSP. Dentro de los tres meses siguientes a su formalización o suscripción.
Convenios cuyos compromisos económicos superen los 600.000 €
Comunicación de hechos que pudieran ser constitutivos de responsabilidad contable o de infracciones en materia de gestión económico-presupuestaria Tan pronto se tenga conocimiento de los mismos.

ADMINISTRACIÓN DE LA CAC Y SUS OOAA, SOCIEDADES MERCANTILES, FUNDACIONES Y UNIVERSIDADES PUBLICAS. ENTIDADES PUBLICAS EMPRESARIALES Y CONSORCIOS

MEDIO DE REMISIÓN: SEDE ELECTRÓNICA
Relación certificada de contratos formalizados en el ejercicio anterior:

  • contratos sujetos a la LCSP

  • contratos de compraventa, donación, permuta, arrendamiento y demás negocios jurídicos sobre bienes inmuebles, superiores a 50.00 €
Hasta el último día de febrero
Relación certificada de convenios formalizados en el ejercicio anterior.
Relacion certificada de encargos a medios propios.
Cuenta General de la Comunidad Autónoma. Antes del 30 de junio del ejercicio siguiente
Extractos del expediente de los contratos cuyos precio de adjudicación, o en su caso, el valor estimado, superen las cuantías previstas en el artículo 335.1 de la LCSP. Dentro de los tres meses siguientes a su formalización o suscripción.
Convenios cuyos compromisos económicos superen los 600.000 €
Las modificaciones, prórrogas o variaciones de plazos, variaciones de precio y de los importes de los compromisos económicos asumidos, y el importe final, la nulidad, la extinción normal o anormal de los referidos contratos y convenios y demás incidencias surgidas en su ejecución.
En caso de incumplimiento del plazo de remisión, el artículo 14.3 de la Ley 4/1989, de 2 mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias, establece la retención del 2% de los pagos que puedan corresponder a las administraciones y otras entidades del sector público comprendidas en el artículo 2 de la Ley que no colaboren con la Audiencia de Cuentas en el ejercicio de sus funciones de fiscalización externa.
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