Comunicado del Departamento de Entidades Locales del Tribunal de Cuentas sobre plazos de rendición durante la aplicación efectiva del estado de alarma

Tras la promulgación del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19, en cuyo artículo 48 se recogen medidas extraordinarias aplicables a la remisión de información financiera por parte de las entidades locales, y ante el próximo vencimiento del plazo para la remisión de la información en materia de control interno, se ha establecido que el referido plazo de remisión quede ampliado en un periodo equivalente al de la duración efectiva del estado de alarma, siempre que se declare, por parte de la persona titular del órgano de Intervención, la imposibilidad de elaborar y remitir la información de control interno y así sea comunicado al Tribunal de Cuentas.

La comunicación podrá efectuarse bien a través del Registro Electrónico del Tribunal de Cuentas o bien, si se carece de certificado electrónico válido, mediante un correo electrónico a eell.cuentas@tcu.es, cuenta corporativa que se utiliza para gestionar la información de la Plataforma de Rendición de Cuentas.

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