Información económica

En este apartado se ofrece información sobre los presupuestos de gastos de la Audiencia de Cuentas.

El artículo 3, apartado b) de la Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias, establece que «Corresponde a la Audiencia de Cuentas de Canarias el ejercicio de las siguientes competencias: b) La elaboración del anteproyecto de su propio presupuesto, que constituirá un programa del presupuesto del Parlamento de Canarias».

Ir al contenido
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.