Funciones de la Audiencia de Cuentas de Canarias

La normativa reguladora confiere a la Audiencia de Cuentas de Canarias dos clases de funciones:

  • Fiscalizadora: comprobar si la gestión económica, financiera y contable de las entidades que integran el sector público canario se realiza de acuerdo con los principios de legalidad, eficiencia y economía.
  • Consultiva: asesorar al Parlamento en materias propias de su competencia, emitir dictámenes y consultas que en materia de contabilidad pública y de gestión económico financiera le soliciten las entidades que integran el sector público canario (Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y sus entidades instrumentales, entidades locales que forman parte de territorio canario, sus organismos autónomos y empresas públicas dependientes, así como las universidades públicas).

En el ejercicio de su función fiscalizadora, las actuaciones que realiza la Audiencia de Cuentas de Canarias pueden ser:

  • Actuaciones generales o anuales: realizadas en virtud de un mandato legal, tienen carácter periódico en su realización (anual, salvo la fiscalización de los gastos electorales, que es cuatrienal) y se basan, fundamentalmente, en la revisión de las cuentas rendidas por la Entidad.
  • Actuaciones específicas: realizadas en relación con una entidad determinada o atendiendo a una materia o área concreta, que puede afectar a una o a varias entidades y abarcar uno o más ejercicios. 
  • Función de prevención de la corrupción, consistente en: “Informar y recomendar buenas prácticas administrativas, contables y financieras como medio de prevención de la corrupción en el ámbito del sector público de la comunidad autónoma.”

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