El órgano de control externo recomienda a la Agencia Tributaria aprovechar todas las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías para hacer más eficaces los procedimientos de trabajo
El informe destaca que existen solicitudes de devoluciones que se encuentran retenidas y cuya antigüedad, en algunos casos, es superior al año
La Audiencia de Cuentas de Canarias (ACC) ha elaborado el informe de fiscalización de los procedimientos de gestión del Impuesto General Indirecto de Canarias (IGIC) relativos a los ejercicios del 2010 a 2013, con el objetivo de analizar y evaluar los controles realizados y verificar la eficacia de los diferentes procedimientos de gestión y su cumplimiento.
Las conclusiones del informe ponen en evidencia la falta de un sistema integral de información que permita soportar la gestión completa del IGIC, así como la inexistencia de información veraz para medir la efectividad de la acción tributaria, debido a la inconsistencia de las fuentes de información disponibles.
De acuerdo con el análisis de la Audiencia de Cuentas de Canarias, la gestión que la Administración Tributaria Canaria realiza del IGIC interior está impulsada, mayoritariamente, por acciones provocadas por los propios contribuyentes (presentación de declaraciones, solicitudes de devolución, peticiones de beneficios fiscales, etc.). Como prueba de ello, el informe recoge que el número de procedimientos que se inician a instancia de la Administración Tributaria, en los supuestos de verificación de datos y comprobación limitada, no representa un porcentaje importante respecto del total de empresas y profesionales censados al cierre del ejercicio 2013.
El informe también destaca la existencia de diversas inconsistencias en el censo de empresarios y profesionales, lo que, según explica no contribuye a garantizar el estricto cumplimiento de los derechos, deberes y obligaciones tributarias a que están sujetos los que en él se hallen inscritos.
El trabajo de fiscalización revela que existen devoluciones solicitadas por los contribuyentes por importes significativos que se encuentran, tanto retenidas para su revisión, como pendientes de liquidación, y cuya antigüedad, en algunos casos, es superior al año desde su presentación. En este contexto, la ACC hace hincapié en que el aplicativo que da soporte a la información tributaria carece de un sistema de señales, avisos o alertas que impida que se produzcan situaciones como, por ejemplo, requerimientos pendientes de notificar, prescripciones de derechos de naturaleza tributaria, vencimientos de plazos, etc.
En una comparativa por provincias, el informe resalta un comportamiento desigual en la utilización de algunos de los procedimientos tributarios, como consecuencia del funcionamiento autónomo de cada una de las administraciones provinciales a la hora de fijar los criterios procedimentales a utilizar, lo que podría propiciar el desarrollo de acciones de carácter no homogéneo, a iniciativa de las diferentes unidades gestoras del tributo.
Recomendaciones
A la vista de estos resultados, la Audiencia de Cuentas de Canarias recomienda a la Agencia Tributaria Canaria la puesta en marcha de una serie de medidas destinadas a aumentar la eficiencia de los procedimientos de gestión y a obtener una visibilidad completa de los resultados en todo el proceso, de principio a fin.
En esta línea, el órgano de control propone que tanto los Planes de Control Tributario, como cualquier norma interna que regule el ejercicio de la actividad de gestión, fijen los criterios objetivos y concretos que impulsen la acción de la Administración Tributaria y que dichos criterios se incorporen al sistema informático que soporta la gestión del impuesto, con el fin de garantizar la objetividad absoluta de los procesos que derivan de la citada acción.
Asimismo, anima a la Agencia Tributaria Canaria a aprovechar todas las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías para recibir, depurar e interpretar enormes volúmenes de información y, por otra parte, proceder a una revisión continua de los métodos y procedimientos de trabajo para hacerlos más eficaces y eficientes. Todo ello, unido a la instauración de un sistema de control interno que permita el seguimiento de las acciones desarrolladas por las diferentes unidades de gestión en sus actuaciones, de cara a optimizar los diferentes procesos de gestión tributaria, según añade el texto.