Mesa de contratación

Última actualización: febrero 2024

El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Audiencia de Cuentas de Canarias, es el presidente de la Institución.

Los miembros de la Mesa serán nombrados por el órgano de contratación (art. 326.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).

En los procedimientos abiertos y restringidos y en los procedimientos negociados con publicidad a que se refiere el artículo 177.1, el órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación que será el órgano competente para valorar las ofertas. En los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación.

La Mesa de contratación estará integrada por (art. 326.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público , y art. 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público):

  • Un Presidente, que será designado por el órgano de contratación.
  • Dos vocales designados por el órgano de contratación de entre el personal de la Audiencia de Cuentas de Canarias.
  • Un Letrado del Servicio Jurídico de la Audiencia de Cuentas de Canarias; cuando por necesidades del Servicio así se requiera, dicho Letrado será sustituido por personal al servicio de la Audiencia de Cuentas de Canarias, licenciado en Derecho y expresamente habilitado al efecto.
  • Un representante de la Intervención del Parlamento de Canarias.
  • Un Secretario designado por el órgano de contratación de entre los funcionarios, o, en su defecto, otro tipo de personal dependiente del órgano de contratación.

La mesa de contratación será convocada, para la primera reunión (apertura y constitución de la mesa) por el Secretario General de la Institución, quien comunica, a los participantes de la mesa, la Resolución de nombramiento del órgano de contratación (Presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias) y, a partir de ahí, el Presidente de la Mesa de contratación levanta las sesiones y convoca, con fecha, hora y lugar a los miembros para la siguiente sesión.

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