Programa de Actuaciones ejercicio 2017
El Pleno de la Audiencia de Cuentas de Canarias, en reunión celebrada el día 20 de diciembre de 2016, aprobó el siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 4/1989, de 2 de mayo, a la Audiencia de Cuentas de Canarias le corresponde la fiscalización externa de la gestión económica, financiera y contable del Sector Publico de la Comunidad Autónoma de Canarias, que, según establece el artículo 6 del mismo texto legal, se referirá al efectivo sometimiento de la actividad de los Entes que integran el Sector Público Canario a los principios de legalidad, de eficacia y de economía.
Por otra parte, el artículo 8 determina que la iniciativa fiscalizadora corresponde a la Audiencia de Cuentas y al Parlamento de Canarias, pudiendo interesar la actuación fiscalizadora de la Institución o la emisión de informes el Gobierno de la Comunidad Autónoma, las Entidades Locales, previo acuerdo de sus Plenos respectivos, y las Universidades, por acuerdo de sus órganos competentes. Además, el artículo 40 de la citada Ley y el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Audiencia de Cuentas atribuyen, a la Comisión de Presupuestos, Economía y Hacienda del Parlamento de Canarias la facultad para solicitar informes, memorias y dictámenes de la Institución, siendo facultad del Pleno, según el artículo 10 de dicho Reglamento, acordar el inicio de una actuación fiscalizadora como consecuencia de denuncia efectuada ante la Institución por la existencia de irregularidades en la gestión económico-financiera y contable de cualquiera de las entidades que integran el sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Además de las actuaciones que puedan derivarse de la iniciativa fiscalizadora que corresponde a la Audiencia de Cuentas y al Parlamento de Canarias, y, dentro de éste, a la Comisión de Presupuestos, Economía y Hacienda, existen otras de carácter recurrente, que, bien por mandato legal o reglamentario, vienen impuestas con carácter anual, a saber: el Informe de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Canarias; los Informes de las Cuentas Generales de las Entidades Locales, que dan lugar al Informe General del Sector Público Local, el Informe de las Cuentas de las Universidades públicas de Canarias y la Fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial.
Con independencia de lo anterior, existen unas concretas actuaciones fiscalizadoras a desarrollar en colaboración con el Tribunal de Cuentas a solicitud y en coordinación con éste, que van surgiendo a lo largo del ejercicio.
Atendiendo a lo expuesto, puede concluirse que existen cuatro categorías de Informes:
a) Los de carácter preceptivo, por mandato legal o reglamentario.
b) Los que solicite el Parlamento de Canarias, ya sea por acuerdo de la Cámara o de la Comisión de Presupuestos, Economía y Hacienda.
c) Los que acuerde el Pleno de la Audiencia de Cuentas, bien por iniciativa propia, bien por haberlo así interesado el Gobierno de la Comunidad Autónoma, el Pleno de las Entidades Locales o los órganos competentes de las Universidades.
d) Los que resulten de la colaboración con el Tribunal de Cuentas y/o con otros Órganos de Control Externo.
En virtud de lo establecido en los artículos 9 y 31c) de la Ley Territorial 4/1989, de 2 de mayo, y en el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Audiencia de Cuentas, la Institución deberá realizar sus actuaciones según un programa previo anual que ha de ser aprobado por el Pleno de la misma.
La elaboración del Programa Anual de Actuaciones es una actuación prioritaria en el ejercicio de la función fiscalizadora, en cuanto que en él se establece el marco de las actuaciones a desarrollar en el ejercicio y es el resultado de una planificación racional de la actividad fiscalizadora, en función de las prioridades establecidas y de los recursos materiales y humanos disponibles, y de cuya ejecución se pueda obtener un juicio suficiente sobre la calidad y regularidad de la gestión del sector público canario.
La relación de actuaciones que integran el Programa para el ejercicio 2017 son las que se prevén realizar durante dicho año, amén de las ya iniciadas que provienen del Programa de Actuaciones de ejercicios anteriores, que se pretenden finalizar en su totalidad en el presente año, y de las que a lo largo del mismo puedan ser incluidas como consecuencia de la iniciativa del Parlamento de Canarias, de la colaboración solicitada por el Tribunal de Cuentas o de acuerdo plenario posterior a la aprobación del mismo, incluyéndose en dicho Programa, como ya se hiciera en el correspondiente al ejercicio anterior, la Fiscalización de las Cuentas Generales de las Entidades Locales correspondientes al ejercicio 2016, a los únicos efectos de que los informes individuales resultantes de la misma sean, de una parte, remitidos a los respectivos Plenos corporativos para su conocimiento y adopción de las medidas que procedan, y de otra, integrados en el Informe General del Sector Público Local que se elevará al Parlamento.
I) Actuaciones de carácter preceptivo
1.- Fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Canarias, ejercicio 2016.
2.- Fiscalización del Fondo de Compensación Interterritorial, ejercicio 2016.
3.- Fiscalización de las cuentas de la Universidad de La Laguna, ejercicio 2016. (Se suprime por acuerdo del Pleno, de 5 de marzo de 2020).
4.- Fiscalización de las cuentas de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, ejercicio 2016. (Se suprime por acuerdo del Pleno, de 5 de marzo de 2020).
5.- Fiscalización del Sector Público Local, ejercicio 2016.
6.- Fiscalización de las Cuentas Generales de las Entidades Locales, ejercicio 2016.
II) Actuaciones a iniciativa del Parlamento de Canarias
Las que, en su caso, se soliciten.
13.- Fiscalización económico-financiera de la XXXIII Edición del Festival Internacional de Música de Canarias. (Por Resolución aprobada por el Pleno del Parlamento de Canarias en sesión de fecha 7 y 8 de marzo de 2017).
14.- Fiscalización de la gestión y ejecución del Convenio suscrito entre el Gobierno de Canarias (Consejería de Políticas Sociales) y el Cabildo Insular de Gan Canaria para la concertación de plazas de residencia de mayores, con especial incidencia en la Residencia de Agüimes de los ejercicios 2014, 2015 y 2016. (Por Acuerdo de la Comisión de Presupuestos y Hacienda, de 21 de abril de 2017).
15.- Fiscalización de la gestión económico-financiera de la Empresa Pública Viviendas Sociales de Canarias, S.A. (VISOCAN), ejercicios 2014, 2015 y 2016. (Por Acuerdo de la Comisión de Presupuestos y Hacienda, de 6 de octubre de 2017).
III) Actuaciones a iniciativa de la Audiencia de Cuentas de Canarias
7.- Fiscalización sobre el grado de implantación de la Administración Electrónica en la Comunidad Autónoma de Canarias.
8.- Fiscalización de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones anuales de contratos, celebrados por los Ayuntamientos y Mancomunidades, remitidas a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas, ejercicio 2016.
9.- Fiscalización de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones anuales de contratos, celebrados por los Cabildos Insulares, remitidas a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas, ejercicio 2016.
IV) Actuaciones en colaboración con el Tribunal de Cuentas.
10.- Fiscalización de la ejecución de la medida de extinción de entes con motivo de la reestructuración del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias.
11.- Fiscalización sobre el cumplimiento de la Instrucción del Tribunal de Cuentas que regula la remisión telemática de información sobre acuerdos y resoluciones contrarios a reparos formulados por los Interventores de los Ayuntamientos y Mancomunidades y anomalías detectadas en materia de ingresos, así como los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa, ejercicios 2014 y 2015.
12.- Fiscalización sobre el cumplimiento de la Instrucción del Tribunal de Cuentas que regula la remisión telemática de información sobre acuerdos y resoluciones contrarios a reparos formulados por los Interventores de los Cabildos Insulares y Consorcios y anomalías detectadas en materia de ingresos, así como los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa, ejercicios 2014 y 2015.
V) Actuaciones en colaboración con Otros Órganos de Control Externo.
Las que, en su caso, se incorporen.
VI) Actuaciones por acuerdo plenario posterior a la aprobación del Programa de Actuaciones.
Las que, en su caso, se incorporen.