Grabación contratos menores que superen las cuantías del art. 118 de la LCSP

Para poder introducir los contratos de conformidad con la Disp. Adicional 9ª de la LCSP, que superen las cuantías del art.118 de la LCSP, pueden poner el límite legal en el campo importe y aclarar la cifra real en el campo “observaciones”, indicando que son contratos tramitados como menores por tener el objeto que señala la Disp. Adicional 9ª.

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